La importancia de ser puntual y las sanciones que recibirás de la AEAT por no serlo
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Como ya sabéis Hacienda no pasa una a nadie, por eso cuando presentas un modelo fuera de plazo debes ser consciente de las consecuencias que te va a traer con Hacienda.
Si hemos olvidado o, por cualquier otra razón, se nos ha pasado la fecha de presentación de algún modelo tributario, está claro que la Agencia Tributaria nos va a penalizar.
Lo que puede variar de su penalización es su gravedad y esta dependerá de dos factores, el tiempo que tardemos en realizar el pago y si nos hemos percatado del olvido por voluntad propia o ha sido la Administración la que nos ha tenido que avisar del error cometido.
¿Cómo se presenta el pago fuera de plazo?
El pago se realiza con total naturalidad, como si nada hubiese pasado, es decir, debes presentarlo en las propias oficinas de la AEAT o bien, telemáticamente. Lo que sí que es importante es que lo hagáis cuanto antes porque la cantidad de la sanción va subiendo conforme pasa el tiempo.
A continuación, veremos que ocurre con los pagos fuera de plazo en diferentes situaciones:
· Nos retrasamos pero pagamos sin requerimiento previo
Si aunque fuera de plazo, pagas antes de que la Administración te llame la atención, tendrás una sanción por el retraso pero a esta se la aplicarán unos intereses en el pago por hacerlo fuera de plazo.
Para que tengas claro que se entiende por requerimiento previo de la Administración, ellos mismos lo definen como cualquier acción administrativa de manera formal por la que Hacienda te avisa de una irregularidad, como en este caso es el retraso del pago.
En conclusión, si corriges el error tú mismo sin que Hacienda te avise de alguna manera (normalmente por correo postal) la sanción será en cierto modo, menor.
La sanción por presentación de un pago fuera de plazo dependerá también del tiempo que hemos tardado en presentarlo desde el momento en que nos hemos dado cuenta.
Según la espera, recibirás una sanción u otra:
· Cuando realizas el pago en los 3 meses siguientes, tendrás un recargo del 5%.
· Cuando realizas el pago entre los 3 y 6 meses, el recargo aumentará hasta el 10%.
· Cuando realizas el pago entre los 6 y 12 meses, se cobrará el 15% más.
· Si han pasado más de 12 meses los intereses ascenderán hasta el 20%.
Además, en este caso sí que habrá sanción, te hayas dado cuenta por voluntad propia o no, por haber sobrepasado el año desde el último día que se podía presentar la declaración.
Recuerda que todos los recargos nombrados anteriormente se calcularan en base al importante que tendríamos que haber ingresado en un primer momento.
· Nos retrasamos en el pago y además, con requerimiento previo
Cuando se te ha pasado de largo el plazo para presentar un modelo tributario, y antes de que nos dé tiempo a darnos cuenta por nosotros mismos y vayamos a pagar, recibimos una notificación de Hacienda, la penalización en este caso será en cierto modo, mayor.
Así que, si se te ha pasado el plazo y Hacienda aún no te ha avisado, presenta el pago de forma voluntaria cuanto antes.
Si no te da tiempo y Hacienda ya te ha mandado la notificación conforme has sufrido un retraso en el pago de un modelo tributario, a los recargos de la cantidad a pagar se les sumará una sanción económica por el requerimiento previo. Si por cualquier motivo, no estás de acuerdo con dicha multa, tienes derecho a reclamar en los 10 días siguientes de su recepción.
También es importante que recuerdes que las sanciones podrán variar dependiendo del impuesto que hayas presentado fuera de plazo.
Por ejemplo
Si te has retrasado en el pago del IVA, puedes llegar a un recargo de hasta el 100%, es decir, tendrías que pagar hasta el doble de lo que te tocaba realmente por haberte retrasado unos días. De todas formas, es muy recomendable que si llegas a esta situación revises las reducciones de la sanción que te pueden suponer un ahorro de hasta el 50%.
¿Y si la declaración fuera de plazo sale a devolver, a cero o informativa?
Debes saber que cuando presentes un modelo tributario fuera de plazo, y si sale negativo o a cero, la Administración te penalizará con 200€, siempre y cuando te haya tenido que avisar (requerimiento previo).
Por otro lado, si la declaración es informativa se te pedirán 20€ por cada dato o conjunto de datos que hagan referencia a una misma persona o entidad, con un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€.
En cualquiera de las dos situaciones si resuelves la presentación antes de que te la reclame Hacienda (sin requerimiento previo), las sanciones y límites se reducirán a la mitad, es decir, las sanciones quedarían así:
· 100€ en las declaraciones negativas y a cero.
· 10€ por cada dato o conjunto de datos en las informativas (con límites entre 150€ y 10.000€).
Ahora que ya conocéis los problemas que acarrea olvidar el plazo en el que se debe presentar un modelo tributario en Hacienda, deberíais hacer click aquí y leer nuestro post anterior, en el cual encontraréis el calendario del contribuyente del 2017 creado por la AEAT y con el cual no olvidaréis nunca en qué fecha debéis presentar algo y que plazo tenéis para hacerlo.
También podéis poneros en contacto con nosotros, vía telefónica, telemática o personalmente y en Asesoría VH estaremos encantados de ayudaros a despreocuparos y cumplir siempre los plazos a la perfección.
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