top of page

INSPRECCIÓN DE TRABAJO

Qué es una Inspección de trabajo.

La Inspección de trabajo es una organización administrativa perteneciente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Su labor es revisar el correcto cumplimiento de la ley en las obligaciones laborales y de Seguridad Social de empresas y trabajadores.

Aunque no solo eso. Además de detectar posibles desviaciones y de velar por el cumplimiento de la normativa, la Inspección de trabajo debe asesorar a los negocios en esta línea.

Son susceptibles de recibir una inspección, tal y como aparece en la Ley 23/2015 – Ministerio de Empleo y Seguridad Social, cualquier autónomo y jurídica, de naturaleza pública o privada

Cómo se notifica una Inspección de trabajo

Muchos empresarios tienen una idea errónea sobre cómo se notifican las Inspecciones de trabajo, Muchos esperan la típica carta certificada que le indica que cierto día a determinada hora sufrirán una. Pero nada más lejos de la realidad, aunque a veces si viene anticipada por una carta, los inspectores tienen capacidad total para entrar con libertad como y cuando quieran al centro de trabajo para realizar la inspección. Tengamos en cuenta que es el “efecto sorpresa “ lo que otorga mayor éxito y resultados a la inspección.

Por lo tanto, no hay ninguna necesidad de que haya un preaviso. De hecho, no es necesario que nadie haya denunciado a nuestra empresa a la Seguridad Social para recibir al inspector en el centro de trabajo, ya que las Inspecciones son un procedimiento rutinario.

Además, no debemos esperar a un inspector e inspectora con un uniforme especial. Un inspector no tiene la obligación de identificarse si piensa que con ello va a obstaculizar la finalidad de su visita. Es decir, podría ser un cliente más de tu restaurante, por ejemplo.

Tampoco debemos caer en el error de pensar que no nos van a inspeccionar porque nuestra actividad se desarrolla en horario nocturno. Para esta labor, no hay horario.

¿La visita del inspector puede deberse a una denuncia?

Pues sí. De hecho, existen dos vías mediante las cuales se puede advertir a la Seguridad Social de que en una empresa o sociedad de cualquier tipo no se respeta la ley en materia laboral. Una anónima y online, a través del Buzón de Lucha contra el Fraude Laboral o presentando una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo, caso en el que se debe tramitar de manera personal, adjuntando identificación y firma del denunciante.

Aun así, el mero hecho de que alguien presente una denuncia en materia laboral en contra de tu negocio no asegura que se te asigne una Inspección de trabajo. Si los datos aportados no son concluyentes, si el aspecto denunciado es regulado por otro organismo o la denuncia no es fiable, esta puede ser desestimada o archivada.

¿Es necesario que haya denuncia para que me hagan una Inspección de trabajo?

Pues no. Procedimiento rutinario. Pueden venir a revisar que cumples con tus obligaciones administrativas en materia laboral notificándotelo o dándote una sorpresita. Es decir, no hay necesidad de que haya preaviso.

¿Qué se considera obstrucción a la Inspección Laboral?

Se entenderán comportamientos que obstruyan la labor del inspector, aquellas que perturben, retrasen o impidan el ejercicio de su actividad.

Se considerará falta leve el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de información, comunicación o comparecencia. Las infracciones graves o muy graves van en torno a las omisiones o acciones directas del empresario o representantes que pretendan impedir que el inspector entre al centro de trabajo. Igualmente, cualquier tipo de coacción, amenaza o acto violento a su persona o al personal que lo acompañe y, en definitiva, el incumplimiento para con los deberes de colaboración con los inspectores.

Documentos más comunes que puede solicitarte el inspector de trabajo:

La documentación que pueden solicitarnos es muy amplia

Cierto es que muchas empresas no tienen toda esta información en sus instalaciones porque cuentan con servicios administrativos externos. Si es la situación de tu compañía, habrá que informar al responsable para que presente la documentación requerida en un plazo determinado.

Las diligencias o escritos que los inspectores de trabajo presentan en las empresas tras una inspección, pueden incluir el requerimiento de facilitar alguno de los siguientes documentos va dependiendo de la actividad de la empresa :

  • Comunicación de apertura de la autoridad laboral

  • Cuadro horario y calendario laboral

  • Parte de Alta y justificantes de pago de las cuotas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

  • Recibos de salarios

  • Parte de alta y baja de los trabajadores

  • El justificante de que la empresa está inscrita en la Seguridad Social

  • Los justificantes de que se está pagando a la Seguridad Social

  • Resumen de horas extraordinarias

  • Los contratos de trabajo presentados ante la oficina de empleo y el justificante de su comunicación

  • En el caso de que tengas en tu empresa trabajadores extranjeros, las autorizaciones de trabajo y documentación de los trabajadores.

  • Libro de contabilidad (diario mayor y balances)

  • Escritura de constitución de la sociedad

  • Declaración del Impuesto de Sociedades

  • Declaración de retenciones del IRPF (modelo 190)

  • Declaración de operación con terceros (modelo 347)

  • Documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales: medidas de protección, material preventivo de accidentes de trabajo, resultados de los controles de salud, evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva, una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un día, etc.

  • Documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo)

  • Justificantes de aplazamientos y fraccionamientos de pagos de cuotas a la Seguridad Social

  • Documento acreditativo de alta en el IAE.

  • Contratos mercantiles.

  • Justificante de pagos de salario

  • Los TCS

  • Certificadas de estar al corriente de pago en SS

Otro tipo de sanciones en las Inspecciones de trabajo

A continuación, podrás encontrar las principales sanciones que te pueden ser impuestas si no cumples todos los requisitos para superar una Inspección de trabajo:

  • Si una empresa o autónomo ha percibido alguna cantidad en forma de subvención o ayuda de forma indebida o si no ha aplicado esta cantidad correctamente, podrá verse obligada a devolverla e incluso ser penalizado con la exclusión del acceso a los beneficios de los programas de empleo por un periodo de hasta un año.

  • Pérdida temporalmente la pensión o prestación e incluso la extinción de la prestación o subsidio por desempleo o incapacidad temporal. Así, si una persona está desempeñando un trabajo sin estar dado de alta en la seguridad social, podrá perder el derecho a recibir este tipo de ayudas, e incluso podrían ser completamente excluidos del derecho a percibir cualquier prestación económica durante un año.

  • Pérdida de las ayudas para fomento de empleo y los derechos como demandantes de empleo que tuvieran reconocidos. Así la inscripción como desempleados quedaría completamente anulada y carecería de valor.

  • Cuando un infractor sea extranjero, podría enfrentarse a la expulsión del territorio español.

  • Cierre de la empresa por incumplimiento grave.

CONTACTA CON ASETORÍA VH

¿Tienes alguna duda?

El horario de atención es:

Lunes a jueves

De 9:00h a 14:00h

16:00h a 19:00h

Viernes

9:00h a 14:00h

Puedes contactar con

Nosotros a través de

Telf.: 931881690

Correo electrónico asesoriavh@gmail.com

Web: https://asesoriavh.com/

RECENT POST
bottom of page