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¿Es cierto que habrá una subida en la cuota de autónomos?


Como bien sabemos, en el mundo laboral, tenemos dos figuras. Estás dos son los trabajadores por cuenta ajena (que tienen una relación laboral con un empresario) y los trabajadores autónomos que son aquellos que trabajan por cuenta propia y para ellos, siendo esta figura parecida a la del empleador. Hoy vamos a hablar del trabajador autónomo, más concretamente de la noticia del nuevo pacto para subir la cotización de los mismos, necesario para fijar los presupuestos generales del estado del año 2019, especificando las ventajas y desventajas de subir la misma (cotización).





Actualmente, la base de cotización estaba fijada en los 932,70 euros y el tipo de cotización estaba situado en un 29,50% (sin cotizar por incapacidad temporal) o en un 29,80% (cotizando por incapacidad temporal), ya que hasta ahora cotizar por Incapacidad Temporal no era obligatorio.


Hace unas semanas, con la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado para 2019, se prevé un aumento de unos 40/50 euros mensuales para aquellos que no cotizan por cese de actividad y contingencias profesionales y de unos 30/40 euros para aquellos que sí cotizan por los mismos. El objetivo de subir la cuota es equiparar el mismo a la subida del salario mínimo interprofesional, además de elevar los ingresos de la Seguridad Social a corto plazo a cambio de ofrecer mayor protección a los autónomos.


No obstante, el jueves 22 de noviembre de 2018 se cierra por fin el acuerdo para los autónomos en el cual se establece una subida de la base mínima en 1,25% y el tipo de cotización pasaría de estar situado de un 29,50/ 29,80 a un 30% sí o sí, ya que también ha pasado a ser obligatorio cotizar por incapacidad temporal. Este incremento supone pagar una cifra de 5,36 euros más al mes, a cambio de mayor protección.


¿A qué nos referimos con mayor protección?


Con el término de mayor protección, queremos decir que lo que se pretende es que los autónomos tengan una protección similar a la que tienen los trabajadores por cuenta ajena y esto se consigue por medio de la cobertura siguiente:


- Por una parte, tenemos que todo aquél afiliado como trabajador autónomo contara con mayor protección por cese de actividad, flexibilizando los requisitos presentes en la actualidad y por medio de la ampliación de la duración de la prestación.


- Otro apartado que se ha estudiado y mejorado, es el hecho de que estos autónomos tendrán derecho a protección por contingencia profesional (accidente de trabajo y enfermedad profesional) desde el segundo día.


- Además, tendrán una bonificación del 100% en su cuota en el caso de incapacidad temporal a partir del segundo mes de baja y hasta el momento del alta.


- Los trabajadores autónomos tendrán derecho a recibir cursos de formación (formación continua y reciclaje profesional.


- Por último, decir que las madres autónomas, siempre dentro de los 24 meses posteriores al cobro de la baja por maternidad, podrán disfrutar de una tarifa plana de unos 60 euros mensuales sin necesidad de cesar su actividad.


¿De cuánto será la cuota concretamente y cuándo entra en vigor?


Anteriormente, hemos hecho una especie de introducción explicando que subiría. No obstante, ahora tenemos que decir que tenemos dos tipos de autónomos. Estos dos tipos serían los autónomos personas físicas y los autónomos societarios.


Los autónomos personas físicas, los mencionados anteriormente, tendrán un aumento en la cuota de 5,36 euros al mes que supone un aumento de unos 64 euros más al año, pagando una cuota mensual total de 283,60 euros si cotizan por la base mínima.


Mientras que los autónomos societarios tendrán un aumento en la cuota de 6,89 euros al mes, hecho que supone un aumento anual de 82 euros, pagando una cuota mensual total de 364,22 euros. No obstante, decir que la base mínima de este tipo de autónomo no se verá afectada, aunque este colectivo si se verá afectados por los trabajadores que tienen a cargo, ya que la subida del salario mínimo interprofesional afecta a los salarios.


Actualmente, esta base se encuentra situada en 1.199 euros al mes. Esta nueva medida (cuota) será aplicable a partir del mes de enero de 2019.


En definitiva, la cuota de los autónomos sube para ‘’mejorar’’ la protección de los trabajadores autónomos… ¿se podrán ofrecer a rajatabla esas supuestas mejoras?

Esperamos que la entrada de hoy os haya servido para entender un poco más el tema relacionado con la cuota de los autónomos… Y nos gustaría recodaros que en Asesoria VH estaremos encantados de ofreceros nuestra ayuda y conocimiento en esta situación, asesorándote también en todo aquello que creas conveniente.


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