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Cuentas anuales de una Cooperativa: ¿Qué debo hacer?

En el post de hoy os vamos a hablar de la obligación de presentar cuentas anuales las conocidas como Cooperativas, los plazos reglamentarios para ello, que aspectos y documentos deben contemplar dichas cuentas...


A modo de introducción, vamos a dar una breve explicación sobre en qué consiste una Cooperativa.


Una cooperativa es una entidad formada por personas (tanto físicas como jurídicas) unidas de forma voluntaria para llevar a cabo un proyecto empresarial, y en la que la responsabilidad de los socios que pertenecen a la misma es limitada.


Los socios de una cooperativa podrán ser personas físicas, personas jurídicas o comunidades de bienes. Todos los socios tienen la obligación de realizar aportaciones para sostener dicha cooperativa, conformando un patrimonio común que no podrá ser repartido, sino que deberá estar destinado al financiamiento de la propia actividad.


En otras entradas hablaremos sobre las cooperativas de forma más detallada, ya que existen diferentes tipos de socios que pueden pertenecer a una cooperativa, así como diferentes tipos de cooperativas, cooperativas agrarias, cooperativas de seguros, cooperativas de enseñanza, cooperativas sanitarias…


Ámbito fiscal de una Cooperativa


Haciendo referencia al tema principal de la entrada de hoy, debemos tener en cuenta que, del mismo modo que una sociedad limitada está obligada a presentar impuestos según los beneficios y pérdidas que le proporciona la actividad ejercida, también deben cumplir esta obligación las cooperativas. Por ello, para dar cumplimiento a dicha obligación, las cooperativas también presentarán impuestos como el IVA, el Impuesto sobre Sociedades... así como las correspondientes cuentas anuales.


Las cuentas anuales son los documentos que recogen la información financiera de la entidad, así como ayudar a los usuarios en el proceso de toma de decisiones económicas.


Es importante tener en cuenta que no todas las personas jurídicas presentan las cuentas anuales ante los mismos organismos. Por ejemplo, las sociedades limitadas presentarán las cuentas anuales ante el organismo conocido como Registro Mercantil. Sin embargo, las cooperativas deberán realizar la presentación de sus cuentas anuales ante el conocido como Registro de Cooperativas.


Seguidamente, vamos a explicaros de forma más detallada qué información deben contener las cuentas anuales de una Cooperativa, así como los plazos que tenemos para su presentación.


Aspectos que deben contener las cuentas anuales de una Cooperativa


Los apartados correspondientes que debe contener una cuenta anual de una Cooperativa vienen regulados en el Código de Comercio, concretamente en el artículo 34.1, y son los siguientes:


Las cuentas anuales de una cooperativa deberán contener, en primer lugar, un Balance de situación que contemple el estado real económico de una cooperativa en un determinado momento del tiempo. Es decir, es un resumen de todas las posesiones (activos) y de todas las deudas y capital que tenga una entidad en un período contable determinado.


A su vez, debemos incluir también un segundo documento, lo que se conoce como la cuenta de pérdidas y ganancias, que es el resumen de donde especificaremos todos los importes de ingresos o beneficios obtenidos por la cooperativa, así como todos los gastos y las posibles pérdidas obtenidas por la misma durante un ejercicio contable. Este apartado concreto es necesario para obtener el resultado económico del ejercicio que presentamos según los ingresos y los gastos que haya tenido la cooperativa en ese período.


Un tercer documento a incluir sería el estado de cambios producidos en el patrimonio neto, recogiendo las operaciones tanto de ingresos como de gastos, así como las operaciones con socios.


En relación a lo que se conoce como estado de flujos de efectivo, este vendría a recoger el origen y el destino al que van destinados los activos monetarios.


Y, por último y no menos importante, deberíamos presentar también la memoria, que es el documento que trataría de explicar con palabras los importes anotados tanto en el balance, como en la cuenta de pérdidas y ganancias. Este documento trata de facilitar la interpretación de los documentos anteriores a las personas que reciben dichos documentos.

En las cooperativas, será el Consejo Rector el encargado de formalizar las cuentas anuales de las mismas. Es importante tener en cuenta que el Consejo Rector tiene 3 meses desde que se cierra el ejercicio para elaborarlas, ya que posteriormente, estas deberán ser aprobadas.

Plazo y lugar de presentación de las cuentas anuales


Es muy importante tener en cuenta que la cooperativa tendrá seis meses desde que se cierra el ejercicio para aprobar las cuentas anuales. Dicho plazo se divide en dos partes. Durante los tres primeros meses deberán formularse las cuentas, y posteriormente, tendremos tres meses más para aprobarlas. Cuando la Asamblea General apruebe las cuentas, el Consejo Rector se encargará de depositarlas en el Registro de Cooperativas que le corresponda, en el plazo de un mes desde que estas han sido aprobadas. Debemos tener en cuenta que para realizar la presentación de dichas cuentas, se deberá pagar una tasa.


Una vez realizada la correspondiente presentación de dichas cuentas en el Registro de Cooperativas, estas deberán ser trasladadas posteriormente a un libro específico o bien informatizarlas.



Para finalizar la entrada de hoy, nos gustaría recordaros que es muy importante realizar la presentación de las cuentas anuales no habiendo pasado más de 8 meses desde que se hubiera cerrado el ejercicio, ya que en caso de superarse dicho plazo, estas se considerarían presentadas fuera de plazo, lo que podría conllevar la imposición de una sanción.


Esperamos que os haya servido de ayuda para entender un poco más como realizar la confección de las cuentas anuales de vuestra cooperativa no olvidando los aspectos formales que exige la ley, así como los plazos para dar cumplimiento a la presentación de las mismas. No obstante, si crees que es un asunto complejo o que no tienes tiempo que perder en asuntos como estos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, ya que contamos con grandes profesionales del sector fiscal, que estarán encantados de encargarse de confeccionar y presentar las cuentas anuales en tu lugar y resolviendo todas tus dudas al respecto.


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