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Calendario Fiscal 2018

Los plazos siempre son importantes… es por ello que, en el post de hoy, os vamos a facilitar un calendario fiscal del año 2018, el cual recoge las fechas y plazos previstos por Hacienda que debemos obedecer para la correcta presentación de los modelos y declaraciones informativas que nos correspondan.


A continuación, adjuntamos dicho calendario, en el cual hemos recogido los modelos y declaraciones informativas más frecuentes, habiendo sido explicados los mismos en posts anteriores de forma detallada. No obstante, para mayor entendimiento de la entrada de hoy, vamos a realizar una breve mención de cada modelo especificando el número por el que son conocidos en hacienda y la información que recogen.





Como hemos comentado anteriormente, para hacer comprender y asimilar mejor los conceptos del calendario, vamos a nombrar los modelos que hemos recogido en el mismo, junto a la información que le concierne a cada uno de ellos. Dichos modelos son los siguientes:

  • Modelo 111, sobre la retención de los trabajadores y profesionales.

  • Modelo 115, sobre la retención que se efectúa en los alquileres de locales.

  • Modelo 303, sobre el Impuesto del Valor Añadido (IVA).

  • Modelo 130, sobre la retención de las personas físicas.

  • Modelo 131, sobre la retención aplicada en los conocidos como ‘’moduleros’’.

  • Modelo 184, el cual deberá ser presentado por las entidades que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan los 3.000 euros anuales.

  • Modelo 347, el cual es una declaración informativa o resumen que recoge las distintas operaciones efectuadas con terceros durante una relación laboral.

  • Modelo 349, es una declaración informativa o resumen que recoge las distintas operaciones con terceros, pero a diferencia del anterior, estas son realizadas en el ámbito intracomunitario.

  • Modelo 200 o más conocido como impuesto de sociedades.

  • Modelo 202, son los pagos fraccionados del impuesto de sociedades, en posts posteriores explicaremos como se realiza y como complementa al modelo anterior (modelo 200).

  • Modelo 180, el cual es el resumen anual de los diferentes modelos 115 presentados durante el año.

  • Modelo 190 o resumen anual de los modelos 111 presentados trimestralmente durante el año.


Una vez definidos los distintos modelos que recoge el calendario, explicaremos más detenidamente los plazos previstos mensualmente para las diferentes modalidades de pago posibles de cada impuesto.


Enero


Modelo 111 y 115- Del 1 al 15 domiciliación en cuenta y del 15 al 22 pago presencial en el banco (sacar Núm. NRC*).

Modelo 303, 130, 131 y 184- Del 1 al 25 domiciliación en cuenta y del 25 al 30 pago presencial en el banco (sacar Núm. NRC*).


Febrero


Resumen Modelo 347- Este mes solo tendremos que presentar la declaración de operaciones con terceros del año 2017.


Marzo

No hay nada que presentar en el calendario fiscal 2018 durante el mes de marzo.


Abril

Modelo 111, 115, 303, 130, 131, 184 y 349- Del 1 al 15 domiciliación en cuenta y del 15 al 20 pago presencial en el banco (sacar Núm. NRC*).

Modelo 202- Realizar tercer pago del impuesto de sociedades fraccionado.


Mayo

En el caso de no haberlo hecho el mes anterior, presentar la Declaración de la Renta.


Junio

El plazo para presentar la Declaración de la Renta terminará el 25 de junio.


Julio

Modelo 111, 115, 303, 130, 131, 184 y 349- Del 1 al 15 domiciliación en cuenta y del 15 al 20 pago presencial en el banco (sacar Núm. NRC*).

Modelo 200- Impuesto de sociedades

Presentar cuentas anuales.


Agosto

No hay nada que presentar en el calendario fiscal 2018 durante el mes de agosto.


Septiembre

No hay nada que presentar en el calendario fiscal 2018 durante el mes de septiembre.


Octubre

Modelo 111, 115, 303, 130, 131, 184 y 349- Del 1 al 15 domiciliación en cuenta y del 15 al 22 pago presencial en el banco (sacar Núm. NRC*).

Modelo 202- Realizar primer pago del impuesto de sociedades fraccionado.


Noviembre

No hay nada que presentar en el calendario fiscal 2018 durante el mes de noviembre.


Diciembre

Modelo 202- Realizar segundo pago del impuesto de sociedades fraccionado.


Seguidamente, vamos a tratar de explicaros brevemente la gran importancia de presentar los modelos y declaraciones informativas que nos correspondan en los plazos previstos por hacienda, ya que, el incumplimiento de dichos plazos que os hemos marcado en el calendario fiscal de 2018, acarrea consecuencias que debemos tener en cuenta a la hora de tomar esa decisión.


Hacienda permite presentar impuestos fuera de plazo. No obstante, la no presentación de un modelo o declaración informativa en el plazo que le corresponde acarrea futuras sanciones que variará en función del tiempo transcurrido desde que finaliza el plazo legal para su presentación hasta el momento en que esta es realizada.


A modo de aclaración, la Agencia Tributaria establece unos porcentajes que serán aplicados y sumados a los importes resultantes de los modelos presentados, en función del tiempo transcurrido entre el plazo legal y su presentación. A su vez, debemos tener en cuenta que, si nos demoramos mucho en la presentación de los mismos, se aplicarán los conocidos como intereses de demora, incrementando así, el resultado final del impuesto en un importe mucho mayor.


Por otro lado, debemos tener en cuenta que hay dos formas diferentes de realizar el pago resultante de los modelos presentados, ya sea domiciliado en cuenta (para la cual el plazo de presentación es menor) o bien yendo al banco presencialmente a realizar su pago (el plazo para ello es mayor). Si decidimos escoger esta segunda opción, la presentación del impuesto no finaliza con la mera presentación del mismo en Hacienda, sino que, debemos anexar también lo que se conoce como NRC.


La NRC es un código numérico que genera la entidad bancaria en el momento de efectuar el pago de un modelo de declaración o autoliquidación de un impuesto sirviendo como justificante del pago del mismo en Hacienda. Una vez obtenido este código, debe ser comunicado de inmediato a Hacienda en el plazo previsto para ello, ya que, de lo contrario, el impuesto constará como no presentado y se nos aplicará el recargo correspondiente una vez lo hagamos.


Finalmente, si desean conocer más sobre cuales son los recargos o sanciones aplicables al incumplir la presentación de un modelo, o conocer más información de los modelos tratados en la entrada de hoy, no duden en consultar a grandes profesionales en el ámbito, pudiendo encontrarlos en Asesoría VH, su asesoría en Hospitalet de Llobregat, que le ayudará en todo momento.


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